Boletín Oficial del Estado

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En 2009 se aprobó la ley 19/2009 del 23 de Noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, publicada en el BOE número 283 del martes 24 de Noviembre de 2009, páginas 99625 a 99633.

La finalidad de esta ley es fomentar que los nuevos hogares accedan cada vez más a una vivienda en régimen de alquiler en detrimento del régimen de propiedad a través de la creación de medidas que fortalezcan la seguridad jurídica de las partes para fomentar el incremento de la oferta en el mercado de alquiler.

Una de las medidas es la ampliación de los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato cuando el propietario necesite la vivienda para familiares de primer grado (hijos, padres o cónyuge en caso de divorcio), siempre que así se especifique en contrato.

La segunda medida contemplada en la ley es la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el supuesto de desahucio de la vivienda por falta de impago de las rentas. La ley establece un plazo de sólo un mes de espera (anteriormente el plazo mínimo era de dos meses) desde que el inquilino deja de pagar la renta y se le puede exigir ese pago vía burofax para interponer la demanda, además de permitir a los caseros notificar la demanda únicamente en el juzgado en lugar de personalmente al inquilino y en el mismo día del juicio se fija la fecha del desalojo que se debe realizar en un plazo máximo de un mes. Sin duda una ley que simplifica el proceso y por supuesto los gastos para el propietario que se calcula alrededor de 1.000 euros.